Plan Moves 3 para puntos de recarga

El Plan MOVES 3 tiene por objeto subvencionar tanto la compra de vehículos eléctricos como la instalación de puntos de recarga. Puedes beneficiarte de una ayuda de hasta el 70% del coste total de la instalación. Aquí puedes consultar toda la información para solicitar las ayudas del Plan Moves 3.

¿Dónde tramitar mi ayuda del Plan Moves 3 para la instalación de un cargador?

En función de la CCAA, será el usuario final o la empresa instaladora la encargada de tramitar las ayudas.

Si quieres que te ayudemos a gestionar la tramitación de la ayuda, ponte en contacto con nosotros rellenado el formulario. Nos encargamos de asesorarte y gestionar la subvención para tu infraestructura de recarga tanto para uso público como privado.

El Plan Moves 3 está dotado con 400 millones de euros de presupuesto ampliables a 800. Las ayudas solicitadas por comunidad de vecinos, particulares y autónomos tiene carácter retroactivo a partir del 9 de abril de 2021.

¿Qué costes cubre el Plan Moves?

Instalación completa del punto de recarga

Los propietarios de vehículos eléctricos podrán recibir una subvención de hasta el 70% del coste total de la instalación del punto de recarga. Asimismo, los habitantes de municipios de menos de 5.000 habitantes podrán beneficiarse de una ayuda de hasta el 80% del coste total.

En este ámbito, se incluye como costes subvencionables el proyecto, la obra civil, los costes de ingeniería, la dirección de obra del cableado, el coste de la propia infraestructura de recarga, el pago integrado en el punto de recarga, la señalización y el sistema de gestión, control y seguridad.

Los destinatarios que no ofrecen bienes y/o servicios en el mercado se beneficiarán del 70% mencionado. En el caso de empresas o entidades locales que tienen actividad económica por la que ofrezca bienes y/o servicios en el mercado, la ayuda será del 35% de los costes subvencionables, siempre que el cargador sea de acceso público y potencia igual o superior a 50 kW. Si la infraestructura es de uso privado o público o cuenta con una potencia inferior a 50 kW, la ayuda a otorgar será de un 30%.

Preinstalación eléctrica

Todas aquellas comunidades de vecinos que quieran realizar una preinstalación eléctrica para recargar vehículos eléctricos en el futuro, también pueden acogerse a la iniciativa. El Programa Moves III subvenciona las canalizaciones necesarias para disponer la preinstalación eléctrica para facilitar la posterior instalación de un cargador para vehículo eléctrico. De esta forma, se subvencionará toda aquella conducción principal por zonas comunitarias (mediante tubos, canales, bandejas y otros elementos) para realizar derivaciones hasta los puntos de recarga.

Si tienes dudas, puedes consultar las dudas y preguntas más frecuentes sobre la solicitud del Plan Moves.

Plan Moves 3 para puntos de recarga

Beneficiarios del Plan Moves para puntos de recarga

Personas físicas

En las bases de la convocatoria se establece que el punto de recarga puede tener un uso privado en sector residencial, pudiendo ser instalado tanto en garajes comunitarios como viviendas unifamiliares. Incluimos, como hemos visto, las comunidades de vecinos que pueden subvencionar la preinstalación eléctrica.

Empresas

Las empresas privadas y otros tipos de personas jurídicas. Hoteles, centros comerciales, restaurantes o parkings, entre otros, pueden solicitar las ayudas para un uso público del punto de recarga.

Entidades locales

Las Entidades Locales y las entidades públicas vinculadas o dependientes de ellas que quieran instalar un cargador bien para suministrar la recarga a su propia flota de vehículos o para dar servicio a sus trabajadores o clientes.

Puntos de Recarga Subvencionables

Punto de recarga convencional

Con potencia igual o superior a 7 kW, e inferior a 15 kW.

Punto de carga semirrápida

Potencia igual o superior a 15 kW, e inferior a 40 kW (tanto para corriente alterna como continua).

En corriente alterna con al menos un conector por punto Tipo 2 y en Corriente Continua un conector CCS (combo).

Punto de carga rápida y ultra rápida

Para potencia igual o superior a 40 kW.

Podrá estar dotado simultáneamente de los siguientes conectores según se define en el estándar IEC 62196: CCS (Combo), CHAdeMO y corriente alterna, siendo únicamente obligatorio el disponer del estándar europeo.

Requisitos de la instalación

Instalaciones generales

  • En caso de Instalaciones de baja tensión ser realizarán de acuerdo al Reglamento ITC-BT-52.
  • Alimentación monofásica o trifásica desde 230 hasta 400 VAC.
  • Protecciones eléctricas que acompañen al punto de recarga para garantizar la recarga con la mayor seguridad posible.
  • Declaración CE.

Instalaciones de uso público

  • El punto de recarga debe disponer, como mínimo de un conector Tipo 2 IEC 62196. No olvidemos que este conector se ha convertido en el estándar europeo dejando atrás el Tipo 1 SAE J1772.
  • Compatibilidad con el modo 3 de recarga. Se trata del modo de carga semi-rápida y usualmente es complemento del Modo 4 (carga rápida).
  • Conexión Ethernet y memoria para almacenar los datos durante dos meses.
  • Compatibilidad con el protocolo OCPP v1.6 o superior.
  • Identificación del usuario gracias a tarjeta RFID.
  • Medición de potencia y energía utilizada por el usuario.
  • Módulo de comunicación móvil 3G/GPRS.

Solicita más información sobre el Plan Moves

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